Con la finalidad de reconocer el buen desempeño e incrementar los niveles de compromiso y desempeño funcional tanto del personal policial como penitenciario, la Secretaría de Seguridad de la Provincia dispone otorgar el ascenso al grado inmediato superior por “Mérito Extraordinario” a todo numerario que, en aras del cumplimiento del deber y en salvaguarda de la vida de sus semejantes, con su accionar oportuno y resuelto enaltezcan el prestigio institucional.
A través del escrito, el titular de la Cartera de Seguridad considera de significativa importancia que dicho reconocimiento sea materializado con mayor asiduidad tanto por Jefatura de Policía como Servicio Penitenciario, a fin de estimular al personal, que por su desempeño, motivación y ejemplo, haya trascendido con abnegación en sus servicios más allá del ejercicio propio de su profesión policial.
Además, Marcos Denett afirma que “es necesario intensificar la aplicación concreta y habitual del Régimen de Promociones para el Personal Policial y Penitenciario previsto en la Ley del Personal Policial Nº 2444/72 Art. 89, y Ley del Personal Penitenciario Nº 4673/91 Art. 79”.
Ambas normativas son contestes en establecer que a fin de satisfacer las necesidades orgánicas de las instituciones en cuestión, anualmente se producirán ascensos del personal superior y subalterno, que hayan demostrado aptitudes morales, intelectuales y físicas suficientes que permitan razonablemente prever un buen desempeño en el grado inmediato superior.
Al mismo tiempo, continúa, “sendas normas contienen excepciones a las consideraciones antes citadas disponiendo el otorgamiento de ascensos por Mérito Extraordinario y Post Mortem, de acuerdo a las reglamentaciones y formalidades reglamentadas. A juicio de esta instancia, en el caso particular del ascenso por Mérito Extraordinario, constituye un importante estimulo que incrementa los niveles de compromiso y desempeño funcional tanto del personal policial como penitenciario”.
Por todo ello, Denett cree que para mantener y estimular la eficiencia en la tarea cotidiana de los numerarios resulta primordial valorar oportunamente, de forma honorífica y extraordinaria el accionar destacado del personal policial y penitenciario. “Pienso que es necesario intensificar por parte de ambas instituciones la aplicación concreta y habitual de las normas citadas para su tratamiento y posterior otorgamiento de dicho reconocimiento toda vez que el personal policial y penitenciario, sin distinción de jerarquía, sea protagonista de actos de arrojo que enaltezcan el prestigio institucional” señaló.
Finalmente, en la Resolución Nº272/15 la Secretaría de Seguridad solicita a la Jefatura de Policía y al Servicio Penitenciario dispongan los mecanismos necesarios e informen con la premura del caso para su evaluación, en primera instancia por la Junta de Calificaciones, y luego por la Secretaría de Seguridad para reconocer la noble tarea del personal.